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Pasion de Pesca

Veda Pejerrey 2024

Reglamentos de la veda del pejerrey

La Pesca Deportiva del pejerey ha sido reglamentada por  la Dirección de Pesca a través de la Disposición  Nº 19/96
Se permite sólo una caña por pescador, provista tanto para la línea de flote como de fondo, de un máximo de 3 anzuelos simples, de abertura interior de 7,8 mm como mínimo.

Talla mínima de captura del pejerrey

la media mínima es de 25cm, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior del cuerpo hasta el extremo posterior de la aleta caudal. 

Temporada de pesca

Desde 2º de diciembre de cada año al 31 de agosto del siguiente año.
Número máximo de piezas a extraer por pescador y por día: VEINTICINCO (25), con excepción de las siguientes lagunas: LAS TUNAS (Partido de Trenque Lauquen) y DEL MONTE (Partido de Guaminí), con un máximo de piezas igual a TREINTA (30) y la laguna de CHASICO (Partidos de Villarino y Puán) con un máximo de piezas igual a CUARENTA (40). 

Temporada de veda

Desde las 00 horas del 1º de septiembre hasta las 00 horas del 1º de diciembre del año en curso. Actualmente vigente (Disposición Nº 89/08).
Se permite sólo la pesca deportiva los días sábados, domingos y feriados. Para la Laguna de Chasicó (Partidos de Villarino y Puán) se incluye, además de los enunciados los días viernes. El número máximo de pieza a extraer por pescador y por día dependerá de la laguna de que se trate:
TREINTA (30) PARA LA LAGUNA:

CHASICO, Partidos de Villarino y Puán

VEINTE (20) PARA LAS LAGUNA:

COCHICO, Partido de Guamini
HINOJO GRANDE, Partido de Trenque Lauquen

QUINCE (15) PARA LA LAGUNAS:


LA SALADA GRANDE, Partidos de Gral. Madariaga y Gral. Lavalle
CUERO DE ZORRO, Partido de Rivadavia y Trenque Lauquen
DE GOMEZ, Partido de Junín
LA BRAVA, Partido de Balcarce
LA SALADA, Partido de Puán
LA SALADA DE CORONEL GRANADA, Partido de Gral. Pinto
SAUCE GRANDE, Partido de Monte Hermoso
ALBUFERA MAR CHIQUITA, Partido de Mar Chiquita
ALSINA, Partido de Guamini.
DIEZ (10) Para el resto de las lagunas bonaerenses 

Ambientes Fluviales

Se permite sólo una caña por pescador, utilizado para líneas de flote un máximo de 5 anzuelos simples y para la modalidad de fondo de 3 anzuelos simples.
No existen restricciones en cuanto al tamaño mínimo de captura ni al número de piezas a extraer por día y por persona.

Temporada de veda
Del 1º de septiembre  al  1º de diciembre de cada año. Disposición Nº 90/07*
En los cursos de aguas interiores se permite un número máximo de piezas a extraer por día y por pescador de QUINCE (15) ejemplares, solo durante los días Sábados, Domingos y Feriados.